viernes, 6 de junio de 2014

DERECHO MERCANTIL

Derecho Mercantil

El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.







Forma jurídica
Número de socios
Responsabilidad
Capital
Órganos de gobierno
Seg. Social
Tributación
Empresario individual
1
Ilimitada
No existe mínimo
El titular

El/La empresario/a individual realiza su cotización a la Seguridad Social a través del Régimen especial de trabajadores/as por cuenta propia o autónomos/as.




IRPF

Iniciar una actividad económica empresarial o profesional, origina un conjunto de obligaciones fiscales de carácter estatal. Algunas anteriores al inicio de la actividad y otras que deben cumplirse durante su desarrollo.
Sociedad limitada
Mínimo: 1
Limitada
3 005,06€
Junta general y administrador consejo de administración



Impuesto de Sociedades
Sociedad limitada nueva empresa
Entre 1 y 5
Limitada
Mínimo: 3 012 € Máximo: 120 202 €
Junta general y administrador consejo de administración




Sociedad anónima
Mínimo: 1
Limitada
60 101,21 €
SLL: como la SL
SAL: como la SA
Limitada al capital aportado


Impuesto de Sociedades
Sociedad laboral
Mínimo: 3
Limitada
SLL: 3 005,06 €
SA: 60 101,21 €
Asamblea general, consejo rector e interventores


Impuesto de Sociedades

Cooperativa de trabajo asociado
Mínimo: 3
Limitada salvo disposición contraria de los estatutos
No
Todos los comuneros




Comunidad de bienes
Mínimo: 2
Ilimitada
No
Todos los socios




Sociedad civil
Mínimo: 2
Ilimitada
No
Administradores. Un socio, varios o todos en conjunto



IRPF
Sociedad colectiva
Mínimo: 2
Ilimitada
No existe mínimo






Sociedad comanditaria
Mínimo: 2
Ilimitada para los socios colectivos y limitada para los socios comanditarios
No existe mínimo







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